REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

vista la solicitud de amparo propuesta, se ordena a la parte accionante que aclare dentro de los 48 horas siguientes a su notificación, con el apercibimiento de que el desacato a la predica ordena derivará en la declaratoria de inadmisibilidd de la acción e amparo