REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 16 de abril de 2009
198° y 149°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, así como la Autorización Nro. 0136, expedida por la Sindicatura Municipal del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda, de fecha 19 de marzo de 2009, relacionados con la solicitud, presentada por la ciudadana MARIA ETELVINA MALDONADO MARTÍNEZ, suficientemente identificada; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA ETELVINA MALDONADO MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-24.524.991, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Terreno Propiedad Municipal, ubicada en la calle Principal, Barrio Rómulo Gallegos Arriba, Vía Lagunetica, a 200 mts de la Gran Parada, frente a la bodega Norbeto, Parroquia Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado ELVIS PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 126.517. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR

ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA

RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA

EMQ/Yamilette.
EXP. N° 47.024