En el día de hoy, martes veintiocho de abril de dos mil nueve, siendo las 9:35 a.m. se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadano: MAURICIO ANTONIO DAZA BUENO, titular de la C.I. N° V-9.238.831 asistido por su apoderada judicial ANA CELIS RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 38.677, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la Sociedad Mercantil Asados La Gran Colombia, ubicado en la Avenida Francisco García de Hevia, entre calles 15 y 16, signado con el N° 15-25, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consistente en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se sigue contra la Sociedad Mercantil ASADOS LA GRAN COLOMBIA, representada por su Presidente, ciudadano ABDIAS HERNÁNDEZ BRITO, en el expediente Nº 4686-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales Dtgdo GLENN CHERMAN ESPINEL CAMARGO, placa 2071; Agte YAN CARLOS CHACÓN MENDOZA, placa 3129; Dtgdo ERVIN ESTID PALLARES BERMÚDEZ, placa 2841; y Agte RAMÓN ARGENIS VIVAS HERNÁNDEZ, placa 3645 éstos tres últimos adscritos a al Brigada de Acciones Especiales (BAE). Se encuentra presente el ciudadano RAFAEL ANTONIO MACHUCA ESPINOZA, titular de la cédula de identidad N° V-10.664.723 quien manifestó ser el cónyuge de la Socia de la Sociedad Mercantil demandada, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. En este estado siendo las 10:20 a.m. se hizo presente la ciudadana: NELLY LUNA DÍAZ, titular de la C.I. N° V-12.489.228, en su carácter de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Asados La Gran Colombia, C.A., según se evidencia de Acta Constitutiva inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 46, Tomo 3-A de fecha 16 de febrero de 2004, cuya copia fue presentada por la parte ejecutante; quien se hizo asistir en este acto por el abogado en ejercicio RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.489, la Juez los notificó del presente acto. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la presente comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado la Notificada NELLY LUNA DÍAZ, ya identificada, asistida por el abogado RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA, ya identificado, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Convengo en la presente causa y en el procedimiento de ejecución é igualmente siendo que existen bienes fungibles además de otros empotrados, pido muy respetuosamente a la parte actora se me conceda un plazo de cinco (05) días para la entrega formal del inmueble, obligándome para el día lunes 04 de mayo de 2009, a las 2:00 p.m. en la sede de este Tribunal Ejecutor de Medidas hacer entrega de las llaves del local completamente desocupado de bienes, cosas y personas con las respectivas solvencias de los servicios públicos. Igualmente en caso de incumplimiento de lo aquí ofrecido me comprometo a cancelar la suma de Bs. 7.000,00 mas los gastos correspondientes al desalojo, es todo”. En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “En nombre de mi representado aquí presente aceptamos el plazo único de cinco (05) días consecutivos; reservándome el derecho en caso de incumplimiento de lo aquí convenido en solicitar se fije nueva oportunidad para el traslado del Tribunal a fin de llevar a efecto la presente entrega, es todo”. En este estado el Tribunal visto el convenio efectuado entre las partes acuerda SUSPENDER la presente ejecución en el día de hoy. Asimismo acuerda agregar a la presente comisión la copia fotostática simple del Acta Constitutiva presentada por la parte ejecutante, constante de cinco (05) folios útiles. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 11:00 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE DEMANDANTE,
MAURICIO ANTONIO DAZA BUENO
LA APODERADA JUDICIAL DEL DEMANDANTE,
ABG. ANA CELIS RODRÍGUEZ
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
Dtgdo. GLENN CHERMAN ESPINEL CAMARGO
Agte. YAN CARLOS CHACÓN MENDOZA
Dtgdo. ERVIN ESTID PALLARES BERMÚDEZ
Agte. RAMÓN ARGENIS VIVAS HERNÁNDEZ
EL NOTFICIADO,
RAFAEL ANTONIO MACHUCA ESPINOZA
VICEPRESIDENTE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL DEMANDADA,
NELLY LUNA DÍAZ
EL ABOGADO ASISTENTE,
RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
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