REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 15 de Abril del 2009
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-001115
ASUNTO : SP11-P-2009-001115


Visto el escrito presentado por la Abg. CAROLINA FERNANDEZ, Fiscal 26del Ministerio Público quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor LUZ OMAIRA PEÑARANDA HERNANDEZ, en perjuicio de Adolescente J.B.A.C, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

En fecha 31-10-2007 ocurrió el hecho tal como se evidencia en ACTA suscrita ante el Concejo de Protección del Niño y adolescente de Rubio.. Como consecuencia del acta se dio inicio a la Investigación cuyas actas conforman el presente expediente.

Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa de las mismas no se desprenden suficientes elementos de convicción que permitan establece el grado de participación de personas por identificar, en los hechos y tomando en consideración por el tiempo transcurrido desde la fecha en que sucedieron los hechos que no hay la posibilidad de incorporar nuevos elementos con los que se pueda establecer el grado de participación y la identidad de determinada persona en los hechos antes narrados, el Tribunal considera procedente declarar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem y así decide:

Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de LUZ OMAIRA PEÑARANDA HERNANDEZ, en perjuicio de Adolescente J.B.A.C, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese, Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial

EL JUEZ TERCERO DE CONTROL


ABG. RUBEN ANTONIO BELANDRIA PERNIA
LA SECRETARIA