REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA HECTOR PEREZ, Defensora Pública Penal del ciudadano MAIKEL ROBERT PALMAR PAREJO, titular de la cédula de identidad N° V-18.813.884, en consecuencia SE FIJA UN PLAZO PRUDENCIAL DE SESENTA (60) DÍAS CONTINUOS, al Fiscal del Ministerio Público, a los fines que presente el acto conclusivo a que hubiere lugar, en la causa seguida en su contra; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 172 ejusdem.-
Quedaron notificadas las partes por tratarse de una decisión dictada en el curso de una audiencia, conforme al contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
El Juez de Control N° 02
DR. CESAR ALEJANDRO RIERA BARBOZA
La Secretaria
ABG. GABRIELA PEÑA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y así lo certifico.-
La Secretaria
ABG. GABRIELA PEÑA GONZALEZ
Causa N° 2C-2381-06
CARB/pc*