JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; 03 de agosto de 2009
199° y 150°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tenga los ciudadanos JOSÉ FERNÁNDES DE SOUSA JARDIM y MANUEL FERNÁNDES DE SOUSA JARDIM, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.483.378 y V-6.282.893, respectivamente, en la sucesión de la De-cujus LEOCADIA FERNÁNDES DE SOUSA JARDIM, quien falleció Ab-intestato, en fecha 17 de diciembre de 1991, en la ciudad de Funchal, Parroquia do Monte, Concejo de Santa Cruz, República de Portugal. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado EDGAR SEGURA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.065. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA, TITULAR
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,
RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
EMQ/lisbeth
Exp. N° 46153
|