REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 06 de agosto de 2009
198º y 149º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan los ciudadanos MARIA COROMOTO BROTOCHE GOMEZ, ENEIDA MARGARITA BOROTOCHE GOMEZ, ERMA MERCEDES BROTOCHE GOMEZ y WILLIANS OMAR BOROTOCHE GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.835.259, V-13.290.312, V-6.099.579 y V-10.817.384, respectivamente, en la sucesión de la De-Cujus MERCEDES RAMONA GOMEZ DE BOROTOCHE, quien falleció ab-intestato, en fecha 28 de Febrero de 2008, en el Municipio Autónomo Páez del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado CARLOS ENRIQUE TOMOCHE ORTUÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.858. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TITULAR,

ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


RUTH GUERRA MONTAÑEZ
Nota: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.


LA SECRETARIA TEMPORAL,

EMQ/CarlosOlmos
Exp. N° 46.139