REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 05 de Agosto de 2009
199º y 150º
Vista la anterior diligencia cursante al folio cuatro (4) de la presente comisión, suscrita por el abogado GABRIEL OCA AVILA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita se libre exhorto al Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los fines de practicar la citación de la testigo, ciudadana MARÍA YOLANDA GONZÁLEZ DE NEXANS. Al respecto, este Tribunal observa que, de una revisión del Despacho de comisión librado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el referido Juzgado comisiona a este Juzgado para la evacuación de la prueba testimonial promovida por la parte demandada, sin dar facultad para practicar la citación de la testigo promovida, ciudadana MARÍA YOLANDA GONZÁLEZ DE NEXANS. En este sentido el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil señala lo siguiente: “Admitida la prueba, el Juez fijará una hora del tercer día siguiente para el examen de los testigos, sin necesidad de citación a menos que la parte la solicite expresamente. (…) Los testigos domiciliados fuera del lugar del juicio podrán ser presentados por la parte para su examen ante el Juez de la causa y otro comisionado del mismo lugar, a cuyo efecto la parte hará el correspondiente anuncio en el acto de la promoción…”. En consecuencia, se niega el pedimento formulado por el referido apoderado judicial, quien tiene la carga de presentar a la testigo en la oportunidad señalada, conforme a la norma parcialmente transcrita, al no desprenderse lo contrario del despacho de comisión, y así se establece.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
TERESA HERRERA ALMEIDA
LA SECRETARIA,
LESBIA MONCADA DE PICA
Comisión Nº 097794
THA/LMdeP/mbm.