REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 05 de Agosto de 2009
199° y 150°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por el Abogado JOSE OMAR RIVERO SOSA, actuando como apoderado judicial de la ciudadana TIBISAY COROMOTO OROPEZA QUINTANA, identificados en autos, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos VIRGINIA DINORAH DIAZ DE GARCIA y RUBEN DARIO OLMOS VERAMENDY, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 6.457.826 y 14.674.365 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a favor de la ciudadana TIBISAY COROMOTO OROPEZA QUINTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.461.081, para asegurar los derechos que tenga dicha ciudadana en la Sucesión de la ciudadana LUZ MARIA QUINTANA MARTINEZ, quien falleció en fecha 14 de Septiembre de 2008, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S.- N° 0726/2009
JVA/ssd/cc.-
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