GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, 14 de agosto de 2009.
199° y 150°
De la revisión efectuada al presente expediente esta Juzgadora observa:
Que en fecha 16 de enero de 2007, el abogado WOLFRED B MONTILLA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.637.562, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.357, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la Sociedad Mercantil SEGUROS LOS ANDES, C.A., empresa domiciliada en esta ciudad de San Cristóbal, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia Civil y Mercantil del Estado Táchira, bajo el N° 32, Tomo 5-A, de fecha 14 de febrero de 1995, modificada posteriormente ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 45, Tomo 25-A de fecha 31 de diciembre del 2001, siendo su última modificación inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el N° 40, Tomo 20-A de fecha 03 de noviembre de 2004; presentó escrito mediante el cual demanda a la Sociedad Mercantil CONSORCIO HORMIGON C.A., y los ciudadanos CARLOS ENRIQUE JIMENEZ MESA y VICTOR HUGO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.444.972 y V-9.476.044, en sus caracteres, la primera de afianzada, y los últimos como fiadores principales respectivamente del contrato, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En fecha 24 de enero de 2007, se le dio entrada y se admitió la demanda ordenándose su tramitación por la. vía del procedimiento ordinario.
En fecha 06 de marzo de 2007, se libraron las compulsas de citación y se remitieron al Juzgado Comisionado para la práctica de la citación de los demandados.
En fecha 28 de junio de 2007, el abogado JOHAN MIGUEL SANCHEZ MONTILLA, actuando con el carácter de coapoderado de la parte actora SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS LOS ANDES C.A., consignó diligencia en la cual solicita sea devuelta la comisión de citación, a los efectos de tramitar la citación por carteles ante el Tribunal Comisionado.
En fecha 04 de julio de 2007, este Tribunal acordó de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, devolver la comisión de citación al Tribunal Comisionado a fin de que sea fijado y publicado los carteles de citación de los referidos codemandados.
En fecha 17 de abril de 2008, se agregó la comisión de citación proveniente del Juzgado de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, la cual fue devuelta sin cumplir por falta de impulso procesal.
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil establece:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes….”
En el caso de autos se evidencia, que desde la fecha en que se le dio entrada a la comisión de citación de los codemandado, la cual fue devuelta sin cumplir por el Juzgado Comisionado, la parte demandante, no ha realizado actuación alguna que haga ver interés en el juicio y habiendo transcurrido más de un año sin que la parte demandante impulse el presente procedimiento, lo que procede es declarar la perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.
En consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA la perención de la instancia y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y archívese el expediente.
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 10:30 de la mañana, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se archivó el expediente.
La Secretaria.
ijud
33053
Nº
ASIENTO DIARIO Nº
EXPEDIENTE Nro. 32405
DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS LOS ANDES C.A.
DEMANDADO: SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO HORMIGON C.A., JIMENEZ MESA CARLOS ENRIQUE Y GUTIERREZ M. VICTOR HUGO EN SU CARÁCTER DE FIADORES
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
FECHA: 14 DE AGOSTO DE 2009
Abg. REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL.
QUIEN SUSCRIBE Abg. IRALI YOCELYN URRIBARRI DIAZ SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA PRESENTE COPIA LA CUAL ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL QUE CORRE INSERTA AL EXPEDIENTE Nro. 32405. San Cristóbal, 14 de agosto de 2009.
IRALI YOCELYN URRIBARRI DIAZ
La Secretaria.
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