REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: DECRETA FLAGRANTE la detención del imputado JOSE MANUEL RAMOS GOMEZ, Titular de la cedula de identidad Nro. V.- 17.686.844, por ser presunto autor responsable en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 4 del Código Penal en relación con lo dispuesto en el artículo 80 ejusdem, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO por cuanto existen diligencias necesarias por practicar para el esclarecimiento de los hechos de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: SE IMPONEN MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, al ciudadano JOSE MANUEL RAMOS GOMEZ, de las contenidas en el artículo 256 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en las siguientes obligaciones: 1.- Presentación de una persona que se haga responsable de su vigilancia y cuido, quien deberá informar periódicamente al Tribunal cada treinta (30) días, respecto de su conducta. 2.- Presentación periódica ante la sede del Tribunal cada ocho (08) días, por un lapso de seis (06) meses.-
CUARTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía actuante en el lapso legal que corresponda.-
LA JUEZ
ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA
LA SECRETARIA
ABG. NARDY HERNANDEZ