REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II

Guatire, 14 de agosto del año 2009
199º y 150º

Revisadas las actas procesales que conforman el presente, analizado el contenido de la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, suscrito por la ciudadana OLGALIS DEL CARMEN FREITES PEÑA titular de la Cédula de Identidad Nº 10.098.664, a favor de su hijo, (IDENTIDAD OMITIDA) de quince (15) años de edad, este Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho en consecuencia y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, autoriza a la ciudadana OLGALIS DEL CARMEN FREITES PEÑA titular de la Cédula de Identidad Nº 10.098.664 a que realice por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) las gestiones pertinentes para la obtención del Pasaporte de su hijo antes mencionado. Líbrese Oficio. Cúmplase.
EL JUEZ

Abg. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.

LA SECRETARIA TITULAR.

Abg. DAYANA ESTABA.



EXP Nº S-09/9736
HARB/Zunyin
Autorización Judicial Pasaporte