REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II
Guatire, 04 de agosto del año 2009
199º y 150º
SOLICITANTE: HAYDEE JOSEFINA GERDEL PRATO Titular de la Cédula de Identidad Nº 6.849.680.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ALEX JOSE DE PONTES MENESES, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 8.763.453, quien falleció el 13-03-2009 en el Hospital Miguel Pérez Carreño, a consecuencia de: Shock Séptico, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Registradora Civil de la Parroquia El Paraíso Municipio Libertador del Distrito Capital, acta Nº 552 registrada en fecha 13/03/2009, a sus hijos los menores de edad (IDENTIDAD OMITIDA) nacido en el Centro Clínico Rojas Espinal, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 3.118, expedida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 16-10-1997, (IDENTIDAD OMITIDA) nacida en el Centro Clínico Vista California, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 1467, expedida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 12-06-2000 y al ciudadano RAMBER ASDRUBAL, titular de la cedula de identidad Nº 18.752.723. Devuélvase todo original.
Regístrese y Publíquese incluso en la página Web suprimiéndose el nombre de los niños, niñas y adolescentes de autos el cual será sustituido por la palabra IDENTIDAD OMITIDA y déjese Copia Certificada. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Guatire, al 04 día del mes de Agosto del año dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación
EL JUEZ TITULAR ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABG. DAYANA ESTABA.
HARB/Zunyin
EXP Nº S-09/9450
Título de únicos y universales herederos.
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