REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL




JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy jueves tres (03) de diciembre del año dos mil nueve (2009), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica, referente a la apelación interpuesta en la causa por prestaciones sociales seguida por el ciudadano EDUARDO PINTO MARQUEZ contra la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO MIRANDA, por apelación interpuesta por el abogado asistente de la parte actora EDGAR JOSE GONZALEZ BOTELHO, asimismo por la abogada CAROLINA SEGOVIA en su carácter de abogada sustituta de la Procuraduría del Estado Miranda contra el auto de negativa de prueba de fecha 19 de noviembre de 2009 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1539-09 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del ciudadano EDUARDO PINTO MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 3.121.025, en su carácter de demandante, asistido en este acto por el abogado en ejercicio EDGAR GONZALEZ BOTELHO, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 69.587, asimismo hizo acto de presencia la abogada CAROLINA SEGOVIA, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 131.826 en su carácter de apoderado judicial de la demandada. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Seguidamente se le concedió la palabra al abogado asistente de la parte actora identificado anteriormente quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación, igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso sus fundamentos, quedando reproducidos en el material audiovisual de la presente audiencia. Concluida la exposición de las partes, el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado asistente de la parte actora EDGAR JOSE GONZALEZ BOTELHO, contra el auto de negativa de prueba de fecha 19 de noviembre de 2009 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en los Teques. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 19 de noviembre, en relación a la negativa de la exhibición de recibos de pagos tanto de la Procuraduría como de la Contraloría del Estado Miranda .TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada CAROLINA SEGOVIA en su carácter de abogada sustituta de la Procuraduría del Estado Miranda contra el auto de negativa de prueba de fecha 19 de noviembre de 2009 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en los Teques, CUARTO: SE MODIFICA el auto de fecha 19 de noviembre de 2009 y en consecuencia se ordena la admisión de la prueba de informes solicitadas por ser el medio idóneo para obtener la información solicitada; QUINTO: SE RATIFICA el auto de fecha 19 de noviembre, en relación a la negativa de la prueba de informe solicitada a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. SEXTO: No hay condenatoria en costas por el procedimiento de la audiencia de partes. “La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará en este mismo día de conformidad a lo establecido en el articulo 76 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, jueves tres (03) de diciembre del año dos mil nueve (2009), años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR




PARTE ACTORA




ABOGADO ASISTENTE




1539-09
AHG/JMM






JOHANNA MONSALVE MORALES
LA SECRETARIA



ABOGADA SUSTITUTA DE LA PROCURADURIA DEL ESTADO MIRANDA.