REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL




JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy lunes siete (07) de diciembre del año dos mil nueve (2009), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica, referente a la apelación interpuesta en la causa por prestaciones sociales seguida por el ciudadano YOVANNY JOSE GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 12.976.251 contra la Sociedad Mercantil Promociones 2972 C.A por apelación interpuesta por el abogado en ejercicio PLINIO ANGULO INICIARTE, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 11 de noviembre de 2009 dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en la ciudad de Charallave, la cual cursa en el expediente numero 1540-09 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente el Juzgado Superior, ante la incomparecencia de la parte recurrente, declara el desistimiento del recurso de apelación interpuesto de conformidad a la disposición contenida en el articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Razones por las cuales procedió a dictar el fallo en los siguientes términos: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio PLINIO ANGULO INICIARTE, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 11 de noviembre de 2009 dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en la ciudad de Charallave; SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la parte demandada por el desistimiento de la apelación. No obstante, declarado como ha sido el desistimiento de la apelación, esta alzada en acatamiento a la jurisprudencia y doctrina reiterada del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social y tal como ha sido criterio de esta alzada, pasara a revisar las actas del proceso, para evitar que haya habido alguna violación al orden publico dentro del proceso. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, lunes siete (07) de diciembre del año dos mil nueve (2009), años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-.-


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR









EXP.1540-09
AHG/JMM




JOHANNA MONSALVE MORALES
LA SECRETARIA