JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CÚA, DIECISIETE (17) DE DICIEMBRE DE DOS MIL NUEVE (2009)
199° y 150°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, realizada por el ciudadano: GUILLERMO CALDERON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.570.750, Abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 7.675, actuando en nombre y representación de la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A (MERCAL C.A), debidamente inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16-4-2003, bajo el N° 12, Tomo 20-A Cto, modificados parcialmente sus Estatutos según consta de Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 25, Registrada ante el mencionado Registro Mercantil bajo el N° 66, Tomo 23-A-Cto, de fecha 17-3-2006, donde se designa al Tcnel (EJNB) Félix Osorio Guzmán como Presidente de Mercal, con última modificación estatutaria según Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 29, inscrita en la misma Oficina bajo el N° 31, Tomo 93-A-Cto, de fecha 25-8-2008. Donde solicita que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarle a su representada el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurias a que ella se contrae.
Y por cuanto de las declaraciones conteste rendidas por ante este Juzgado en esta misma fecha por las ciudadanos: JESUS ALBERTO CORDERO y ALEXANDER JULIO CANTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.246.312 y V-22.500.013 respectivamente.
Consta de actas que la solicitante empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A (MERCAL C.A), ocupa un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), según documento protocolizado en la Oficina de Registro del Municipio Rafael Urdaneta, Estado Miranda, bajo el N° 36, folio 120, Primer Trimestre, de fecha 09-11-1.967, de aproximadamente UN MIL DIEZ METROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (1.010,95M2), siendo sus linderos: NORTE: En cuarenta y tres metros con cuarenta centímetros (43,40Mts) con Carretera Cúa-Ocumare del Tuy; SUR: Su frente en Treinta y Seis Metros con Ochenta Centímetros (36,80Mts), con Calle Principal del Sector 4 (Maderita); ESTE: En Nueve Metros con Diez centímetros (9,10 Mts) con escalera de acceso y OESTE: En Tres Líneas Rectas: la 1ra de 21 Metros, la 2da con diez metros 90 centímetros y la 3ra de 5 metros con mercado Municipal de Nueva Cúa, donde originalmente la Fundación “Proyecto País”, Plan Bolívar 2000, del Ministerio del Poder Popular para la Defensa construyó para MERCAL C.A, unas bienhechurías o modulo ampliado Tipo I, en un solo nivel de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240,M2), ubicado en la Carretera Nacional, Nueva Cúa, Sector 4, Calle Principal de Madera, Urbanización José de San Martín Cúa-Estado Miranda y luego ampliado a dos (2) niveles o plantas con recursos propios de MERCAL C.A, a CUATROCIENTOS CATORCE METROS CON NOVENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (414,95M2).-
Que las bienhechurías consisten en: Paredes de Bloques de Concreto en Obra Limpia Frisadas y Pintadas, Piso de Granito en la Planta Baja y Cerámica en la Segunda Planta, Techo Loza-Acero, Instalaciones Eléctricas Embutidas y Sanitarias para Aguas Blancas y Servidas, Tres (3) Puertas Metálicas Tipo Santa María en la Entrada Tres (3) de Madera en Áreas Internas, Ventana de Hierro y Vidrio y con las comodidades siguientes: Area de Venta de Mercancías al público y Farmacia, Dos Baños, Area para Carga y Descarga en la Planta Baja, luego Escaleras Metálicas, Deposito, Oficinas y Sala de Espera en la Planta Alta. Invirtiendo en dicha construcción la suma de QUINIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (BS.F.522.751,68).
Y por cuanto no ha habido oposición éste JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN CÚA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y Resolución N° 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, Publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 del 2-4-2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia. DECLARA estas actuaciones suficientes para asegurarle a la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A (MERCAL C.A). TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurias identificadas, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.- Provéase lo conducente.
LA JUEZA,
DRA. JOSEFINA GUTIERREZ.
LA SECRETARIA
ABG. LLASMIL COLMENARES VÁSQUEZ.
Siendo las 9:55AM, se publica la anterior.
LA SECRETARIA
ABG. LLASMIL COLMENARES VÁSQUEZ
TS-1991-09.-
JG/LLC/
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