REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA

Carrizal, 07 de Diciembre de 2009.
199° y 150°
Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: CARMEN OFELIA BETANCOURT DE RIOBUENO DALIMER ZULEIKA RIOBUENO BETANCOURT, DALIMER AIMARA RIOBUENO BETANCOURT, ELDWIN RAFAEL RIOBUENO BETANCOURT, DYYANIRA DYYURMEIRY RIOBUENO BETANCOURT Y DARWIN RAFAEL RIOBUENO BETANCOURT venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.843.169, V-11.044.089 V-11.044.872.V- 11.043.876, V- 12.414.297 Y V- 16.889.718 respectivamente, para asegurar los derechos que tienen como herederos del causante RAFAEL JESUS RIOBUENO ALVAREZ, quien falleció en fecha cinco (05) de Enero del 2008 en el Centro Medico Docente El Paso. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada incluyendo la solicitud, la cual se encuentra redactada por la abogada MILDRED D’WINDT.R, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.15.490. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este tribunal.
La Juez,

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Dra. Liliana A. González G
La Secretaria Temporal

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Abg. Beyram Díaz Martínez
En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones constantes de trece (13) folios útiles.-

La Secretaria Temporal,
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Abg. Beyram Díaz Martínez
Lagg/Jaf/gt
S.N° 1708-09