JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 22 de enero de 2.009
198° y 149°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ANA MARÍA PEREIRA FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V-14.674.860, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Lote de Terreno de su Propiedad, que forma parte de un fundo de mayor extensión actualmente denominado “Hacienda Los Duraznos”, situado en el Sector Los Guamitos, Carretera Nacional Lagunetica, Kilómetro cinco (05), Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, según consta de documento debidamente protocolizado ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 28 de octubre de 2008 anotado bajo el Nº 2008.498, Asiento Registral Nº 1 del inmueble matriculado con el Nº 229.13.3.1.336, y correspondiente al Libro de folio Real del año 2008, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada MARÍA DE L. BORGES G., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.160. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA, TITULAR
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA, Temporal
RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA, Temporal
EMQ/lisbeth
EXP. N° 46608
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