JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 29 de enero de 2.009
198° y 149°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de las ciudadanas RODDY RAQUEL RUBIO RIVERO y NAYLET MORELY DUQUE DE ALBA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-15.858.166 y V-16.923.573, respectivamente, levantada ante La Notaría Pública del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, relacionados con la solicitud, presentada por el ciudadano ARTURO MARCELO PEREIRA DA SLVA, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ARTURO MARCELO PEREIRA DA SLVA, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de Identidad Nº V-15.913.440, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Lote de Terreno de su Propiedad, ubicado en el lugar denominado “Santa Isabel”, Municipio Carrizal del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, según consta de documento Protocolizado ante el Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, de fecha 01 de septiembre de 2005, anotado bajo el Nº 21, Protocolo Primero, Tomo 21, Tercer Trimestre del año 2005. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JOSÉ SANTIAGO RODRÍGUEZ SIMANCAS., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.289. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal
LA JUEZA, TITULAR

ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA, Temporal

RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA, Temporal

EMQ/lisbeth
EXP. N° 46800