REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 197° y 148°
ASUNTO Nº SP01-L-2008-001002
PARTE DEMANDANTE: JOSE GREGORIO RODRIGUEZ CONTRERAS, identificado con la cédula Nro.V-17.107.968.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ, Inscrito en el Impreabogado bajo el Nro.97.378.
PARTE DEMANDADA: AGROINSUMOS SEDI C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NATHALY CAROLINA RAMIREZ VIVAS, Inscrita en el Impreabogado bajo el Nro.122.869.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintidós (22) de enero de 2009, siendo las 10:30 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, el Tribunal apertura la misma, con la presencia de la parte actora ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ CONTRERAS, identificado con la cédula Nro.V-17.107.968, asistido por el Procurador de Trabajadores abogado JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ, Inscrito en el Impreabogado bajo el Nro.97.378,
y por la parte demandada el apoderado judicial, abogado JAVIER SALAS ROSALES, inscrito en el Impreabogado bajo el Nro.44.507, condición que se acredita según se desprende de instrumento poder autenticado ante la Notaría Pública Cuarta de San Cristóbal, el día 10 de junio de 2003, y el cual se anexa en copia simple de dos folios idéntica a su original. Seguidamente ambas partes a los fines de dar por terminado el presente proceso, realizan el siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma única de UN MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.800,oo), pagaderos de la siguiente manera: 1.-La suma de Bs.900,oo en este acto mediante Cheque Nro. 88380698 de la cuenta corriente Nro.0070049580000004515 propiedad de Javier Salas Rosales contra BANFOANDES y 2.- La suma de Bs.900,oo para el día 09 de febrero de 2009, a las 8:30 de la mañana en la sede del Tribunal. Por su lado la parte actora declara que acepta la propuesta formulada y que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Seguidamente elTtribunal visto el ACUERDO REALIZADO ENTRE LAS PARTES LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento cabal de la obligación. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, Parte Demandada,
La Secretaria,
Abog. Lisbeth Pineda.
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