REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de primera instancia en función de control, No. 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en su cuarto y quinto aparte, se acuerda una prórroga de quince (15) días para que la Fiscalía Vigésimo Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial presente el acto conclusivo en la investigación seguida al ciudadano YENMI ALEXANDER CAÑAS OJEDA, titular de la cédula de identidad personal número V-07.883.501; venciendo dicho lapso el día lunes diecinueve (19) de enero del año dos mil nueve (2009), esta fecha inclusive, siendo que vencida esta prórroga, si fuere el caso, sin que el representante fiscal haya presentado acusación, este órgano jurisdiccional procederá a dictar decisión en estricta observancia de la normativa prevista en el sexto aparte de la aludida disposición adjetiva del artículo 250.
Se declara con lugar la solicitud presentada por el Ministerio Público.
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada de lo decidido, y habiendo sido pronunciado el dispositivo en audiencia, conforme a lo previsto en el encabezamiento del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, quedan notificadas las partes presentes en el acto acerca de su contenido.
LA JUEZ

EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ
EL SECRETARIO


Abg. JOSÉ MORENO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, haciéndose publicación y registro de la presente decisión, dejándose, asimismo, copia autorizada de la misma en los archivos del Tribunal y así lo certifico,

EL SECRETARIO


Abg. JOSÉ MORENO


Ecv/Ecv
Decisión de Prórroga (artículo 250 C.O.P.P.)

LA JUEZ

DRA. EILYN CAROLINA CAÑIZALEZ