REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº I
Guatire, 09 de Enero de 2009
198º y 149º
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal I de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como CARGA FAMILIAR del ciudadano JESÚS GREGORIO MARQUEZ ARRIOJA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 6.191.662, a la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida en el Centro Clínico Rojas Espinal, el 24/07/2008, de acuerdo a partida de nacimiento expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, según acta Nº 1.734, de fecha 01/12/2008. Devuélvase todo original.
La Juez Unipersonal Nº 1 Dra. LETICIA MORILLO MOROS
El(a) Secretario (a)
EXP. S- 09*8729
Carga Familiar.
LMM/MAB/ Jean Orozco.
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