REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES


ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN


En el día de hoy, jueves doce (12) de febrero del año dos mil nueve (2009), siendo las doce del mediodía (12:00 m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto de sentencia oral de la apelación interpuesta en la causa por ENFERMEDAD PROFESIONAL, seguida por el ciudadano GONZALEZ PIRELA FREDDY ENRIQUE, titular de la cedula de identidad numero V- 11.322.690, contra la empresa LA LUCHA, C.A., por el abogado HANS DANIEL PARRA BRICEÑO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 73.260, en su carácter de apoderado judicial del demandada, contra la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2008 dictada por el Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, la cual cursa en el expediente numero 1450-09 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del abogado HANS DANIEL PARRA BRICEÑO, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte apelante. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del ciudadano FREDDY ENRIQUE GONZALEZ PIRELA, igualmente identificado con anterioridad, en su carácter de parte demandante representado por el abogado JOSE GREGORIO BRAVO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 24.379.- Seguidamente el ciudadano Juez, estando dentro de la oportunidad para dictar sentencia oral en la presente causa conforme a lo previsto en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa dictarla en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara: lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada sociedad mercantil LA LUCHA, C.A. en contra de la sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, en fecha de diciembre de 2008. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR las pretensiones contenidas en el libelo de la demandada intentada por el ciudadano GONZALEZ PIRELA FREDDY ENRIQUE, titular de la cedula de identidad numero V- 11.322.690 en contra de la sociedad mercantil LA LUCHA, C.A. y en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de la indemnización contenida en el numeral 4 del Articulo 130 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, equivalente a dos años y medio (2 y ½) de salario integral, lo cual será calculado por un experto designado por el Tribunal, con cargo a la empresa demandada, la cual deberá colocar a su disposición todos los registros contables y demás documentos que mantiene en la empresa. Se condena el daño moral en la suma de cuarenta mil bolívares fuertes (Bs.40.000, 00).TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2008, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, en virtud de la naturaleza del fallo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la publicación del texto integro de la sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5to) día hábil siguientes a la presente fecha, y a partir de dicha publicación comenzarán a computarse los lapsos para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques el día jueves doce (12) de febrero del año dos mil


nueve (2009), años 198° de la Independencia y 149° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR



KELLY A. SANCHEZ ACEVEDO
SECRETARIA










LA PARTE DEMANDANTE


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA APELANTE

EXP. 1450-09
AHG/KSA