REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En el día de hoy, miércoles dieciocho (18) de febrero del año dos mil nueve (2009), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral referente a la apelación interpuesta en la causa por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, seguida por el ciudadano VELASQUEZ JUAN BAUTISTA, titular de la cedula de identidad numero V- 14.097.358, contra la empresa CONSTRUCTORA JAITA, C.A. por el abogado JOSÉ GREGORIO BRAVO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 24.379, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 16 de enero de 2009 dictada por el Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, la cual cursa en el expediente numero 1457-09 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del abogado JOSÉ GREGORIO BRAVO, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte apelante.- Se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada.- Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió la palabra a la parte apelante mediante su apoderado judicial, quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación, quedando dicha actuación reproducida en el material audiovisual.- Concluida la exposición de la parte apelante, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante ciudadano VELASQUEZ JUAN BAUTISTA, titular de la cedula de identidad numero V- 14.097.358, contra la sentencia de fecha 16 de enero de 2009 dictada por el Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia apelada de fecha 16 de enero de 2009 dictada por el Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, en el sentido que se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida en el procedimiento. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por la audiencia de apelación.- De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión de conformidad con lo señalado en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques el día dieciocho (18) de febrero del año dos mil nueve (2009), años 198° de la Independencia y 149° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR



KELLY A. SANCHEZ ACEVEDO
SECRETARIA



EXP. 1457-09
AHG/KSA


LA PARTE APELANTE