JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 17 de febrero de 2.009
198° y 149°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano POLICARPIO FLORES MONRROY, venezolano, casado, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V-931.958, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Terreno de su Propiedad, ubicado en el lugar denominado “Los Naranjos”, jurisdicción del Municipio Guarenas, Distrito Plaza del Estado Miranda,, distinguida con el N° 24, de la Manzana “A”, según consta de documento debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Plaza del Estado Miranda, en fecha 6 de junio de 1969, anotado bajo el Nº 32, folios 69 vto., al 73, Protocolo Primero, Tomo Segundo, Segundo Trimestre del año 1969, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JOSÉ M. SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.404. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA, TITULAR
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA, Temporal
RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA, Temporal
EMQ/lisbeth
EXP. N° 46250
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