JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 25 de febrero de 2.009.
198° y 150°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tenga los ciudadanos TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO, JUAN VICENTE BAEZ NAVARRO, LAURA DEL VALLE BAEZ NAVARRO y ANNY MILAGROS BAEZ NAVARRO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos V-4.237.948, V-4.825.254, V-5.122.929 y V-6.053.181, respectivamente, en la sucesión del De-cujus JUAN VICENTE BAEZ LUCAT, quien falleció Ab-intestato, en fecha 02 de febrero de 1995, en su domicilio ubicado en la Calle Bermúdez, N° 22, Guarenas del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JULIÁN SCHUSSLER GUÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.466. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA, TITULAR


ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA, Temporal


RUTH GUERRA MONTAÑEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA, Temporal


EMQ/lisbeth
Exp. N° 46908