TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY.- Ocumare del Tuy, once (11) de febrero del dos mil nueve (2009).-

198° y 149°

De la revisión de las actas del presente expediente se observa que para el día de hoy, tuvo lugar el acto de contestación de la demanda en causa distinguida con el Nº. 1509-07; y al cual no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial ninguna de las partes, así como tampoco la representación del Ministerio Público; este Tribunal en atención a lo establecido en el artículo 758 “La falta de comparecencia del demandante al acto de contestación de la demanda causará la extinción del proceso y la del demandado se estimará como contradicción de la demanda en todas sus partes.” (sub-.rayado del Tribunal); Declara Extinguido el presente juicio que por DIVORCIO incoara el ciudadano NELSON DELGADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V-5.601.254, contra la ciudadana: BELKYS ALEJANDRINA BAEZ DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.074.709. Así se declara.-


LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI

EL SECRETARIO.,
Abg. MANUEL GARCIA



AO/Adolfo
Exp. Nº. 1509-07