REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Los Teques, 17 de Febrero de 2009
198º y 149º


Vista la diligencia presentada en fecha 16 de Febrero de 2009, cursante al folio N° 42 de presente expediente, suscrita por la abogada YAKELÍN TABOADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.588, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual expone: “Visto que el lapso de pruebas en el presente juicio vence el día de mañana y visto también que hoy es que el ciudadano alguacil de esta Tribunal hará entrega del oficio librado al Gerente del Instituto Financiero Banplus mediante el cual se le solicita un informe, de conformidad con lo previsto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil; por cuanto dicha información no ha llegado, solicito a este Tribunal tenga bien de conformidad con lo previsto en el artículo 401 del Código de Procedimiento Civil, numeral 2, exigir al Gerente de la Institución Financiera Banplus, sucursal Los Teques, presentar ante este Tribunal la libreta de cuenta de Ahorro N° 1062062652, la cual figuraba a nombre de la ciudadana Juana Josefina Tortoza, plenamente identificada en autos, ya que dicha libreta se encuentra en poder de dicha Institución Financiera y es un documento fundamental en copia simple fue acompañada al libelo de la demanda…”. Al respecto este Tribunal encuentra que la apoderada judicial de la parte actora solicita que el banco presente ante este Tribunal la Libreta de la cuenta de Ahorro N° 1062062652, y en relación con dicha solicitud, este Tribunal por auto de fecha 09 de Febrero de 2009, emitió su pronunciamiento, cuyas resultas fueron consignadas en esta misma fecha, 17 de Febrero de 2009, por el ciudadano alguacil de este Tribunal, en consecuencia resulta improcedente la solicitud del actor por cuanto la misma ha sido cumplida, y así se decide.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,


LESBIA MONCADA DE PICCA.



THA/LMdeP/hisc.
Exp. Nº 088237