REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 18 de febrero de 2009.
197° y 148°
Causa N° 3C-5246-08
Juez: Dra. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
Secretaria: Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE
Fiscal Tercero del Ministerio Público: DR. JOSE ORTEGA
Imputados: ELVIS JOEL DIAZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.146.385 y FREDDY AUGUSTO OSTOS ROA, titular de la cedula de identidad No. V-15.801.519
Delito: Ley Contra el Robo y Hurto de Vehículo Automotor


DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por los ciudadanos ELVIS JOEL DIAZ PEREZ y FREDDY AUGUSTO OSTOS ROA; y en consecuencia, se declara el cese la medida cautelar establecida en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta a los Imputados ELVIS JOEL DIAZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 14.907.785 y FREDDY AUGUSTO OSTOS ROA, titular de la cedula de identidad No. V-15.801.519; quedando en consecuencia los ciudadanos: ELVIS JOEL DIAZ PEREZ y FREDDY AUGUSTO OSTOS ROA, en libertad plena; de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 de la norma adjetiva Penal; en concordancia con lo previsto en el artículo 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquense a las partes con boleta, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 175 del texto adjetivo penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 3


DRA. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
LA SECRETARIA,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

LA SECRETARIA,


Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE
Causa N° 3C-5246-08
RER/rer