REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 18 de Febrero de 2009
197° y 149°
Causa N° 3C-5318/08
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza.-
Fiscal Primero del Ministerio Público: Dr. Martín Bracho.-
Defensora Pública Penal: Dra. Maritza Materan.-
Imputado (s): Carmen Esther López, Erika Rosmelys Oliveros Miranda, Pablo Jesús Azuaje Pagua y Daniel Jesús Azuaje López.-
Secretaria: Abg. Alma Monsalve.-
Delito: Amenaza.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA FIJACIÓN DE PLAZO PRUDENCIAL de la causa signada con el N° 3C-5318/08, seguida en contra de los ciudadanos Carmen Esther López, Erika Rosmelys Oliveros Miranda, Pablo Jesús Azuaje Pagua y Daniel Jesús Azuaje López, de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 11, 12 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.-
En consecuencia se deja sin efecto la audiencia pautada para el día miércoles veinticinco (25) de Febrero de 2009, a las diez y treinta horas de la mañana (10:30 am).
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
En el caso de los ciudadanos Carmen Esther López, Erika Rosmelys Oliveros Miranda, Pablo Jesús Azuaje Pagua y Daniel Jesús Azuaje López, se ordena publicar en cartelera las respectivas boletas; de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 181 ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
Causa: 3C-5318/08
RER/rer.-