REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 04 de Febrero de 2009
198º y 149°
Causa N° 3C-4753-07
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
Secretaria: Abg. Alma Akileya Monsalve
Fiscal Auxiliar Décima Novena del Ministerio Público: Dra. Rosa Mornaghino Defensa Pública: Dra. Francia Coello
Imputado: EDWARD RENE DIAZ AVILAN, titular de la cédula de identidad N° V-19.387.887
Delito: Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Porte Ilícito de Arma de Fuego



DECISIÓN:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano EDWARD RENE DIAZ AVILAN, titular de la cédula de identidad N° V-19.387.887, en su condición de imputado; en consecuencia, se declara el cese del Régimen de presentaciones del Imputado, así como el cese de las medidas cautelares establecidas en el artículo 256 numeral 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal; quedando en consecuencia el ciudadano: EDWARD RENE DIAZ AVILAN, en libertad plena; de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo previsto en el artículo 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquense a las partes, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 175 del texto adjetivo penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3


Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria,


Abg. Alma Akileya Monsalve

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico

La Secretaria,


Abg. Alma Akileya Monsalve
Causa N° 3C-4753-07
RER/rer