º
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº I


Guatire, 17 de Febrero de 2009
198º y 149º

Vista las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación en el cargo de CURADOR AD HOC, manifestado por la ciudadana BERTILDE JOSEFINA MEDINA DE PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.012.022, por medio del cual se compromete a cumplirlo bien y fielmente, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo a la ciudadana BERTILDE JOSEFINA MEDINA DE PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.012.022, de Curador Ad Hoc del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de dieciséis (16) años de edad, respectivamente, nacido en Caracas, Parroquia San José, en fecha 15/06/1992, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 554, expedida por el Jefe Civil de la Parroquia La Dolorita del Estado Miranda de fecha 12/08/1992, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código Civil, quedando investida de tal responsabilidad con las consecuencias legales inherentes al mismo. Finalmente y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse en original por Secretaría las presentes actuaciones a su solicitante. Por ultimo se ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado.
La Juez Unipersonal Nº 1 Dra. Leticia Morillo Moros
El(a) Secretario(a)




EXP: S-09*8743
LMM/Jean Orozco
Curador Ad – Hoc