REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II
Guatire, 17 de Febrero del año 2009
198º y 149º
SOLICITANTE: ANGEL GREGORIO PESTANA MACHADO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.747.812.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ANGEL ANTONIO PESTANA quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 1.991.822, quien falleció el 01-11-2007 en Sector D`Bellard, Calle Juan Francisco Blanco, casa nº A-7, Guatire, Municipio Zamora, Estado Miranda, a consecuencia de: Shock Hipovolemico, hemorragia digestiva superior, varices esofagicas, hipertensión, tal como consta de la partida de defunción expedida por el Primera Autoridad Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, acta Nº 383 registrada en fecha 05/11/2007, a sus mayores hijos ciudadanos ANGEL GREGORIO, TANIA COROMOTO, IRAIS DEL LOS ANGELES PESTANA SOJO y PREMUERTO WILLIANS ANTONIO PESTANA MACHADO quien en su nombre entran a suceder sus hijos el niño (identidad omitida)nacido en la Ciudad de Monagas, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 715, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio José Tadeo Monagas, Estado Guarico, registrada en fecha 11-08-1999, y los ciudadanos RAFAEL ANGEL y WILMARY YANETH PESTANA TOVAR y su esposa la ciudadana ELVIRA MACHADO DE PESTANA. Devuélvase todo original.
Regístrese y Publíquese incluso en la página Web suprimiéndose el nombre de los niños, niñas y adolescentes de autos el cual será sustituido por la palabra IDENTIDAD OMITIDA y déjese Copia Certificada. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Guatire, a los diecisiete (17) días del mes de Febrero del año dos mil nueve (2009). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación
EL JUEZ TITULAR ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.
LA SECRETARIA
JHEYDDY BENEDETTY
HARB/Zunyin
EXP Nº S-08/8712
Título de únicos y universales herederos.
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