REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II
Guatire, 26 de febrero de 2009
198º y 150º
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y analizado el contenido de la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, suscrito por la ciudadana HIZQUI MADAI MENDOZA MENESES, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de Identidad N° 12.508.987, a favor de su hijo, el adolescente (identidad omitida), de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.633.736, quien alega que desconoce el paradero del progenitor del adolescente, ciudadano RODRIGO GARCÍA, cédula de identidad Nº 12.894.572, solicitando en consecuencia que este órgano jurisdiccional la autorice suficientemente para que pueda realizar los referidos trámites. Al respecto este Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho, y estima suficiente lo alegado y es por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, autoriza suficientemente a la ciudadana HIZQUI MADAI MENDOZA MENESES, para que realice por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) las gestiones pertinentes para la obtención del Pasaporte de su hijo, el adolescente antes mencionado. Líbrese Oficio. Cúmplase.
EL JUEZ
Abg. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
Abg. LEONARD VIELMA
EXP Nº S-09/8828
HARB/Autorización Judicial Pasaporte
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