REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° I


Guatire, 03 de Febrero de 2009
198º y 149º

Visto el escrito que antecede presentado por el Consejo Municipal de Derechos de Niño, Niñas y Adolescentes del Municipio Buroz y siendo que quien suscribe se avoco al conocimiento de la causa, considerando que constan en las actas la manifestación de voluntad de los ciudadanos: COLMENARES MURIA ZAIDA NAYELI y RONDON LOPEZ LEONARDO ANTONIO, titulares de las cedulas de identidad Nº 14.098.085 y 20.998.121, de llevar acuerdos en interés de la niña IDENTIDAD OMITIDA, se procede a ADMITIR y HOMOLOGAR, los convenimientos suscritos en autos de fecha 15 de noviembre del 2007, en los mismos términos quedando entendido que el deber de manutención es reciproco y así se homologa. De conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”. Expídase las copias certificadas por Secretaria a las partes interesadas. Cúmplase.-

LA JUEZ

DRA. LETICIA MORILLO MOROS
LA SECRETARIA







EXP.S-08/7239
LMMM/MB/LAVT