JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques,
198° y 149°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan los ciudadanos SALVATORE GANGI BIAGGIA, THAIMIR COROMOTO GANGI MORILLO, BIAGGIA EMILIA GANGI MORILLO, VÍCTOR JOSÉ GANGI MORILLO y GUISEPPINA GANGI MORILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-10.515.831, V-7.684.867, V-8.752.806, V-8.747.800 Y V-8.761.827, respectivamente, en la sucesión de la De-cujus CORINA DE JESÚS MORILLO DE GANGI, quien falleció Ab-intestato, en fecha 21 de noviembre de 2005, en el Hospital General Guatire-Guarenas, Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado JOAQUÍN ACEVEDO PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.061. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal
LA JUEZA TITULAR,

ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,

RUTH GUERRA MONTAÑEZ


En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.

LA SECRETARIA,

EMQ/lisbeth
Exp. N° 45731