REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veintidós (22) de julio del dos mil nueve (2009).-

199° y 150°.


Vista la anterior solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por la ciudadana YSVELIA ANTONIA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-637.544, asistida por la abogada en ejercicio YAJAIRA JOSEFINA LEON GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.083, este tribunal en una revisión de las actas procesales que conforman la presente solicitud, se evidencia que por la naturaleza de la solicitud este Tribunal en acatamiento a la la resolución N° 2009-0006 en Gaceta Oficial numero 39.152 de fecha 02-04-2009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual modifican a nivel Nacional, las competencias de los Juzgados para conocer de los asuntos en materias Civil, Mercantil y Transito, (subrayado de este Tribunal), y visto que la presente solicitud es de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, como quiera que el acta referida sobre la cual debe recaer la decisión se encuentra dentro del territorio de los límites de este Juzgado, es por lo que, conforme lo trascrito anteriormente sobre la referida gaceta, este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud y declina la competencia por el territorio al Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Cúa, en consecuencia se ordena remitir el presente expediente con oficio. Líbrese Oficio, CUMPLASE



LA JUEZ PROVISORIA
DRA. ARIKAR BALZA SALOM

EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA



ABS/Adolfo
Exp. 2412-09