REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
SOLICITUD N°: 2750-2009
SOLICITANTE: MARIA DEL CARMEN RODRIGUES DOS RAMOS, venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.992.654.
ABOGADO ASISTENTE: JUAN LUIS BELLO BERNAL, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 25.224.
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
II
En fecha Veintidós (22) de Julio del año dos mil nueve, se recibió solicitud presentada por la ciudadana MARIA DEL CARMEN RODRIGUES DOS RAMOS, venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.992.654.
La solicitante ciudadana MARIA DEL CARMEN RODRIGUES DOS RAMOS, plenamente identificada, solicito la Rectificación del Acta de Nacimiento asentada en el Libro de Actas de Nacimiento llevado ante el Registro Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nro. 2659 folio 447, de fecha 30 de septiembre de 1.963.
El error denunciado en la solicitud consiste en que la partida de nacimiento de MARIA DEL CARMEN RODRIGUES DOS RAMOS, se escribió incorrectamente el apellido RODRIGUEZ de mi padre y consecuencialmente el nuevo apellido de estado civil de mi madre es decir “DE RODRIGUEZ, siendo lo correcto RODRIGUES tal como se evidencia de los documentos consignados en autos.-
Probado como ha sido lo alegado en autos y vista la obviedad del error denunciado, que no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación del Acta de nacimiento, este Tribunal del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de procedimiento Civil, Administrando Justicia ennombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al Registro Civil del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, insertar la presente sentencia en los Libros respectivos y hacer la respectiva nota marginal en la Partida de nacimiento de la ciudadana MARIA DEL CARMEN RODRIGUES DOS RAMOS, a fin de que se escriba correctamente el primer apellido de mi progenitor donde dice RODRIGUEZ, debe decir “RODRIGUES” y el nuevo apellido de estado civil de mi madre donde dice DE RODRIGUEZ debe decir DE RODRIGUES ,todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil.
Expídanse por secretaría las copias certificadas a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes.-
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 ejusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Carrizal, a los veintitrés (23) días del mes de Julio de 2009.
La Juez Titular,
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Dra. Liliana A. González G.,
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
En esta misma fecha se público y registro la anterior decisión, previo el anuncio de ley, siendo las 11:00 de la mañana.
El Secretario,
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Abg. José A. Freitas
Lagg/jaf.
Exp. N° 2750-09
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