REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 2 de julio de 2009

199° y 150°


Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos FEDERICO INDALECIO SÁNCHEZ REQUENA y RAQUEL ALEJANDRINA PÉREZ de SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 79.111 y 1.862.195; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los prenombrados ciudadanos; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos Federico Indalecio Sánchez Requena y Raquel Alejandrina Pérez de Sánchez; sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa-quinta distinguida con el nombre “Raquel”, compuesta de dos (2) niveles, con un área de construcción de aproximadamente doscientos cuarenta metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados (240,30 M2); que en la presente solicitud se declaró haber construido sobre un INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, constituido por una parcela de terreno que forma parte de la Urbanización Los Castores, en jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, distinguido con el Nº 213 de la segunda etapa de la referida Urbanización, que tiene una superficie aproximada de quinientos treinta y tres metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados (533,30 M2), y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda bajo el Nº 0000805. Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR


LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

EL SECRETARIO

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ




Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2009-060
LCH / MMI / jge