REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 28 de julio de 2009
199° y 150°

Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE, presentado por el ciudadano Antonio Rafael Silva Faneite, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 2.136.260, debidamente asistido por la abogada Olivia Chang, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.996.268, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.242; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Decreta ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos ANTONIO RAFAEL SILVA FANEITE y MERCEDES DE LA COROMOTO SILVA FANEITE, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédulas de Identidad NROS 2.136.260 y 3.820.711, en su orden, en la sucesión de la ciudadana ANA JOVITA FANEITE de SILVA, quien en vida era venezolana, viuda, titular de la Cédula de Identidad N° 94.878, quien falleció en fecha 30 de diciembre del año 2008; en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Expediente N° S-2009-066
LCH / MMI / jge