REPÚBLICA   BOLIVARIANA   DE   VENEZUELA   
 
JUZGADO   DE   MUNICIPIO  DEL  MUNICIPIO  LOS  SALIAS  
 
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
 
 
         
 
San Antonio de Los Altos,  28 de julio de 2009
 
           199°    y    150°
 
 
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE, presentado por el ciudadano Antonio Rafael Silva Faneite, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 2.136.260, debidamente asistido por la abogada Olivia Chang, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.996.268, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.242; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Decreta ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE y BASTANTE a los ciudadanos ANTONIO RAFAEL  SILVA FANEITE y MERCEDES DE LA COROMOTO SILVA FANEITE, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédulas de Identidad NROS 2.136.260 y 3.820.711, en su orden, en la sucesión de la ciudadana ANA  JOVITA  FANEITE de SILVA, quien en vida era venezolana, viuda, titular de la Cédula de Identidad N° 94.878, quien falleció en fecha 30 de diciembre del año 2008; en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. 
 
LA JUEZA TITULAR
 
 
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ             
 
                                       				     EL SECRETARIO 
 
  
 
                                           	
 
                                   						MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
 
 
 
 
Expediente N° S-2009-066
 
LCH / MMI / jge
 
 
 
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