REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
 
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL 
 
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
 
Los Teques, 20 de Julio de 2009
 
						                199º    y    150º
 
 
Vista la anterior SEPARACIÓN DE CUERPOS Y SEPARACION DE BIENES, presentada por los ciudadanos HERNANDEZ RIVERO ADRIANA SENOVIA y PEDRO ENRIQUE MAUCO CORONADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-17.743.653 y V-16.887.544, respectivamente, asistidos por la ciudadana ZENAIDA YORK GODOY, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 130.022, así como los recaudos acompañados. El Tribunal instó a los cónyuges a la reconciliación y ésta no fue lograda, por lo que de conformidad con los artículos 189 y 190 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil y administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: la Separación de Cuerpos y la Separación de Bienes de dichos cónyuges en los propios términos expuestos.
 
LA JUEZ TITULAR
 
 
 
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
 
 
						             LA SECRETARIA TITULAR
 
 
 
				                               ABG. SOL SCARLET DÍAZ
 
 
 
EXP. Nº 0896/2009
 
JVA/ssd/cc.-
 
 
 
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