REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 08 de Julio de 2009
199° y 150°
Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA ONDARROA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.523.862; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA ONDARROA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.523.862, sobre las bienhechurias construidas sobre una porción de terreno rural, el cual forma parte de la Finca El Barranco, situada en el Sector Cerro Alto, en Jurisdicción del Municipio Cecilio Acosta del Sector Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el Abogado FRANZ D. FREITES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.788. Igualmente se ordena el desglose de la copia certificada del Plano del Levantamiento Topográfico, Documento de Propiedad del Terreno y la copia del Plano Catastral y la entrega de los mismos a la parte solicitante. Por cuanto se produjo una modificación en la foliatura en virtud de lo anterior, este Tribunal ordena la corrección de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
En esta misma echa se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S-N° 0758/2009
JVA/ssd/mg.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 22 de Julio de 2009
199° y 150°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA ONDARROA, identificado en autos, asistido por el abogado FRANZ D. FREITES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.788, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos ALVARO RICABARRA y BEATRIZ MARÍA LUQUE DE ZAMBRANO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 11.675.480 y 2.125.446, respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos ANA ENRIQUETA GARCÍA DE CAMARGO, RAMÓN ORLANDO CAMARGO GARCÍA, SORANGEL ENRIQUETA CAMARGO GARCÍA, ANA JESUCITA CAMARGO GARCÍA, RICHARD ANTONIO CAMARGO GARCÍA, ROSA VIRGINIA CAMARGO GARCÍA, RONALD LUIS CAMARGO GARCÍA y MERCEDES COROMOTO CAMARGO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.052.052, 10.275.494, 10.279.154, 10.284.365, 11.039.601, 11.820.420, 11.820.421 y 12.731.484, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano GREGORIO ANTONIO CAMARGO DUQUE, quien falleció en fecha 08 de Junio de 2008, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S.- N° 0728/2009
JVA/ssd/mg.-
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