REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
199° y 150°
Visto el contenido del escrito presentado en fecha 23/07/2009, suscrito por la abogada SANDRA GIOVANNA MASSA ROA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.229, quien actúa con el carácter de apoderada especial parte demandante, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadana MARIA FRANCIA GARCIA DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.655.749 y de este domicilio, asistida del abogado YUVAN ROSALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.633, en el que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil nueve. (29/07/2009). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
ABG. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL
ABG. MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA
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