REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.


PARTE SOLICITANTE: VICENTE CABALLERO VANEGAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.295.637, domiciliada en Lomas del Viento, parte baja, sector C, casa s/n, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira.

PARTE CITADA: ELSIDA MARIA ARCHILA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-7.996.909, domiciliada en domiciliada en Lomas del Viento, parte baja, sector C, casa s/n, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira.

MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO CONCILIATORIO

EXPEDIENTE: 1754

Visto el contenido del Acto Conciliatorio efectuado como medio Alternativo de Resolución de Conflictos, entre los ciudadanos: VICENTE CABALLERO VANEGAS Y ELSIDA MARIA ARCHILA SUAREZ, y por cuanto no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o disposiciones de la Ley; en consecuencia este Tribunal HOMOLOGA dicho acto quedando acordado entre las partes lo siguiente:
Cláusula Primera: la ciudadana: ELSIDA MARIA ARCHILA SUAREZ manifiesta su voluntad de dar por terminado el contrato de arrendamiento que existe sobre el inmueble, ubicado en Lomas del Viento, parte baja, sector C, casa s/n, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, propiedad del ciudadano: VICENTE CABALLERO VANEGAS
Cláusula Segunda: Ambas partes quedando en mutuo acuerdo fijan como fecha de entrega del inmueble en un mes y medio, a partir del día que se celebro dicho acuerdo.
Cláusula tercera: Igualmente acuerdan las partes que durante el lapso de entrega del inmueble se respetara la privacidad y evitaran todo tipo de molestias entre ellos.

Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Santa Ana a los Veintiún (21) días del mes de Julio de Dos Mil Nueve (2009). Déjese copia certificada para el copiador de decisiones del Tribunal.


LA JUEZ PROVISORIO

DRA. ROSARIO ELENA DUQUE


LA SECRETARIA TITULAR

ABG .CLAUDIA LILIANA SIERRA JASBON.-

RED/rjcm