En el día de hoy, miércoles quince de Julio de dos mil nueve, siendo las 9:35 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogado en ejercicio YELITZA LILIANA OLIVEROS MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.090, quien actúa con el carácter de Endosataria en Procuración de la ciudadana: NUBIA STELLA DÍAZ DE ORTÍZ, titular de la C.I. N° V.- 13.507.489, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de Multi Servicios Corre Caminos, ubicado en la avenida España de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretado sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, ciudadano: GERSÓN LUIS GUTIÉRREZ, titular de la C.I. N° V-13.807.489, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente Nº 4.929-2009 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial CHARLES VICTOR MORA DIAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: GERSÓN LUIS GUTIERREZ CARRERO, titular de la C.I. N° V-13.587.489 en su carácter de demandado la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quién expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal suspenda la presente ejecución en el día de hoy, en virtud de que el demandado de autos manifiesta la intención de pagar en el lapso de ocho (08) días, es todo.” En este estado el Tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda Suspender la presente ejecución en el día de hoy. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:40 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. YELITZA LILIANA OLIVEROS MEDINA
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ
EL NOTIFICADO Y DEMANDADO,
GERSÓN LUIS GUTIERREZ CARRERO
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
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