En el día de hoy, jueves dos de Julio de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio SIMON ZAIDMAN KRENTER, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8268, quien actúa con el carácter acreditado en autos así como la parte demandante el ciudadano: FRANCISCO ANTONIO COLMENAREZ LOPEZ, titular de la cedula de identidad V.- 2.892.633 è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Un apartamento para habitación ubicado en la Unidad Vecina, Edificio San Sebastián, N° 12, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE y EMBARGO EJECUTIVO decretado en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL se sigue CONTRA FRANCIA IDANIS SARMIENTO JAIMES en el expediente Nº 11.571-08 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales adscritos a la Brigada de Acciones Especiales (B.A.E), Agente: YAN CARLOS CHACON MENDOZA, Placa 3129 Y Agente JOSE GREGORIO CORDERO GARCIA con placa N°. 3494, y el funcionario Policial Cabo 1ro.- CHARLES VICTOR MORA DIAZ, con placa N° 1439, Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a la puerta del presente inmueble sin obtener respuesta de persona alguna. En este estado la parte actora, solicita el derecho de palabra, y concedido como le fue expuso: “Solicito respetuosamente a la ciudadana: Jueza Ejecutora de Medidas acuerde designar un práctico cerrajero a fin de que proceda a la apertura de dicho inmueble, es todo”. En este estado el Tribunal visto el pedimento hecho por la parte Actora Acuerda designar como cerrajero al ciudadano: WILLIAM ALEXANDER COLMENARES, titular de la C.I. N° V- 11.491.145, quien estando presente manifestó aceptar tal designación y prestó el juramento de ley ante la Jueza; de inmediato se le ordeno proceder a la apertura del presente inmueble; y hecho lo cual el Tribunal se constituyó dentro del mismo, dejando expresa constancia que no se encuentra persona alguna a quien Notificar del presente acto, no se observan bienes muebles ni enseres. En este estado el Tribunal procede a hacer entrega formal del presente inmueble libre de personas bienes y cosas y en el estado en que se encuentra al ciudadano: FRANCISCO ANTONIO COLMENARES LOPEZ, ya identificado quien lo recibe conforme. Seguidamente, la parte Actora solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Solicito a este Tribunal se mantenga la presente comisión en ese despacho a los fines de ubicar bienes de la parte ejecutada sobre los cuales pueda recaer el Embargo Ejecutivo, Es todo.” Visto lo solicitado por la parte actora este Tribunal Acuerda Mantener la presente Comisión en este Despacho, debiendo el ejecutante ejercer el impulso procesal respectivo una vez que ubique bienes sobre los cuales pueda recaer la presente ejecución. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:40a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
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LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA
ABG. SIMON ZAIDMAN KRENTER
LA PARTE DEMANDANTE
FRANCISCO ANTONIO COLMENAREZ LOPEZ,
FUNCIONARIOS DE LA BRIGADA DE ACCIONES ESPECIALES (BAE),
AGENTE: YAN CARLOS CHACON MENDOZA
AGENTE: JOSE GREGORIO CORDERO GARCIA
FUNCIONARIO POLICIAL
CHARLES VICTOR MORA DIAZ
PRACTICO CERRAJERO
WILLIAM ALEXANDER COLMENARES
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LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
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