REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 23 de Julio de 2009.-
199° y 150°
Causa No. 3C-5737-09
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
Secretaria: Abg. Alma Monsalve
Fiscal: Dr. Luis Pernalete, Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Imputada: Mosquera de Pérez Ramona Raquel
Defensa Pública: Dra. Gusmar Lisbeth Rincón Perez
Delito: Lesiones Genéricas Culposas en Accidente de Transito.
DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, MODIFICA la medida cautelar sustitutiva de libertad Impuesta por este Tribunal en fecha 01/03/2009, a la ciudadana Mosquera de Pérez Ramona Raquel, titular de la cedula de identidad N° V-04.055.690, en aplicación a lo establecido en el articulo 246 del Código Orgánico Procesal Penal, que consagra que el cumplimiento de las medidas cautelares debe afectar lo menos posible a aquel que se encuentre sujeto a la misma, por lo cual se deja sin efecto la medida cautelar sustitutiva de libertad establecida en el numeral 4 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, relativa a la prohibición de salida del país, siendo que a juicio de esta Juzgadora, la medida contenida en el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, es suficiente a los fines de garantizar la sujeción al proceso por parte de la imputada; todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquense a las partes con boleta; de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 175 de nuestra norma adjetiva penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
Causa N° 3C-5737-09
RER/AM/rer