REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA: 1C-11-1388-08
JUEZ: Abg. FRANCISCO JAVIER LARA
SECRETARIA: Abg. MARYS DUARTE
IMPUTADO: ENGELBERT ALEXANDER MARTINEZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad Números: V-12.868.426.
FISCALÍA: QUINTA (05) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Visto el escrito presentado por la Abg. SONSIRETH ASGALYN PERDOMO OSIO, en su carácter de defensora del ciudadano ENGELBERT ALEXANDER MARTINEZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad Números: V-12.868.426, mediante el cual solicita el cese de las presentaciones; al respecto este Tribunal hace las siguientes consideraciones: ***
En fecha 01/11/2008, se celebró ante este Tribunal, audiencia para oír a los imputados en la cual la Fiscalía Quinta (05)del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial le imputara a los imputados arriba mencionados, la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, establecido en el artículo 453 en concordancia con el artículo 80 y 82 del Código Penal; imponiéndosele a los prenombrados ciudadanos la medida cautelar sustitutiva prevista en el numeral 3 Y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, se le impuso la obligación de presentarse ante este Tribunal cada Treinta (30) DÍAS, presentaciones que han cumplido correcta y oportunamente; tal como fuera verificado en los libros de presentaciones llevado por este Juzgado Primero de Control, siendo la última de las mismas el día 22 de Junio de 2009.*******************************************************************
Ahora bien, es el caso que desde que les fue impuesta la aludida medida cautelar sustitutiva a los referidos ciudadanos, hasta la presente fecha, ha transcurrido Ocho (08) Meses , sin que el Ministerio Público haya presentado acto conclusivo alguno, ni haber requerido a este Juzgado la fijación prudencial establecida en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, para la conclusión de la investigación; de allí que habiéndose verificado la voluntad de los imputados de someterse al proceso y no habiendo peligro que vayan a evadir el mismo; estima este Juzgador que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR el CESE de la medida cautelar sustitutiva que fuera acordada el día 01/11/2008; en contra del ciudadano ENGELBERT ALEXANDER MARTINEZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad Números: V-12.868.426, y como consecuencia de ello se decreta igualmente el cese de las presentaciones de los prenombrados ciudadanos ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Se ordena estampar la nota respectiva en el libro de presentaciones correspondiente.
DISPOSITIVA
Por los razonamiento anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECRETA el CESE de la medida cautelar sustitutiva que fuera acordada por este Tribunal en fecha 01/11/2008; en contra del ciudadano ENGELBERT ALEXANDER MARTINEZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad Números: V-12.868.426, y como consecuencia de ello los referidos ciudadanos, no deberán seguir presentándose ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Asimismo se hace de su conocimiento que la presente averiguación seguirá su curso por ante la Fiscalía, hasta tanto presente el acto conclusivo, por lo que los imputados de marras, deberán estar atentos a cualquier llamado que le haga el Tribunal, por lo que deberán informar a éste Juzgado si en algún momento realizasen algún cambio de domicilio, toda vez que si en su momento respectivo no se presentan a los llamados legales, será SO PENA de revocatoria de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena estampar la nota respectiva en el libro de presentaciones correspondiente.
Regístrese, anótese en el Libro Diario llevado por este Tribunal, Publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. FRANCISCO JAVIER LARA
LA SECRETARIA
Abg. MARYS DUARTE
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. MARYS DUARTE
Exp. Nº 1C-1388-08