REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:

PRIMERO: DECRETA FLAGRANTE la detención del imputado LUIS ANGEL MENDOZA TORO, Titular de la cedula de identidad Nro. V.- 18.841.385, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO por cuanto existen diligencias necesarias por practicar para el esclarecimiento de los hechos de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: SE IMPONEN MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a la ciudadana LUIS ANGEL MENDOZA TORO, de las contenidas en el artículo 256 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en las siguientes obligaciones: 1.- La presentación de una persona que deberá comprometerse al cuidado y vigilancia del imputado, quien informará al Tribunal cada treinta (30) días sobre su comportamiento, la cual deberá acreditar su lugar de residencia fijo al igual que el imputado de marras, ello a través de las constancias expedidas por la primera autoridad civil del lugar donde residan. 2.- Presentación periódica ante la sede del Tribunal cada ocho (08) días hasta la presentación del acto conclusivo correspondiente.-

CUARTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía actuante en el lapso legal que corresponda, y expedir las copias simples solicitadas por las partes.
LA JUEZ


ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA
LA SECRETARIA


ABG. NARDY HERNANDEZ