REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:

PRIMERO: DECRETA FLAGRANTE la detención del imputado JONATHAN ALBERT DURAN, Titular de la cedula de identidad Nro. V.- 13.944.158, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

SEGUNDO: SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO por cuanto existen diligencias necesarias por practicar para el esclarecimiento de los hechos de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: SE IMPONEN MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, al imputado JONATHAN ALBERT DURAN, Titular de la cedula de identidad Nro. V.- 13.944.158, contemplada en los numerales 3, 5 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentación periódica ante la sede del Tribunal cada ocho (08) días hasta la presentación del acto conclusivo correspondiente. 2.- La prohibición de concurrir al Centro Medico la Candelaria de Cúa, ubicado en la avenida José Maria Carreño, sector Cruz Verde, edificio José Martínez; y 3.- La prestación de una caución económica, consistente en la presentación de dos (02) fiadores que acrediten una capacidad económica o ingreso mensual de treinta (30) unidades Tributarias, y que adicionalmente reúnan los requisitos exigidos en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal.-

CUARTO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía actuante en el lapso legal que corresponda, y expedir las copias simples solicitadas por las partes.
LA JUEZ


ABG. VALENTINA ZABALA VIRLA
LA SECRETARIA


ABG. NARDY HERNANDEZ